Bono Energético por compartir coche
Subvención del MITECO de 0,04 €/km × pasajero al compartir coche al trabajo. Tope CAE 1.000 €/año por conductor; tributa en IRPF.
- Qué es: Subvención del MITECO de 0,04 €/km × pasajero al compartir coche al trabajo. Tope CAE 1.000 €/año por conductor; tributa en IRPF.
- Canal de cobro: Apps verificadoras (Tribbu, Mube)
- Ideal para: Ciudadanos con derecho a bonos públicos
El Bono Energético por compartir coche es una subvención del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) encuadrada en el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). No se trata de una ayuda directa por poseer un vehículo: el Estado retribuye al conductor que reduce el consumo energético del país compartiendo su coche en trayectos recurrentes (casa-trabajo o casa-centro de estudios), pagando 0,04 € por cada kilómetro recorrido por cada pasajero verificado.
La gestión no se realiza directamente con la Administración: el conductor opera a través de apps verificadoras autorizadas que cruzan matrícula y DNI con la base CAE, certifican los viajes y abonan el importe correspondiente. Las dos apps que canalizan el grueso de las solicitudes en España son Tribbu (0,04 €/km) y Mube (0,06 €/km). El tope reglamentario CAE por conductor es de 1.000 €/año.
Tributación
El Bono Energético tributa en el IRPF como ganancia patrimonial no derivada de transmisión integrada en la base imponible general (artículo 33 LIRPF). Se declara en la casilla F1 [0301] del IRPF. El tope CAE de 1.000 €/año es un límite reglamentario del programa, no una exención fiscal. La obligación de presentar IRPF depende del conjunto de las rentas del contribuyente (artículo 96 LIRPF), no del importe concreto del bono.
Marco regulatorio
El Bono Energético se encuadra en el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), mecanismo que obliga a las empresas comercializadoras de energía a alcanzar cuotas anuales de ahorro o, en su defecto, financiar actuaciones que sí lo consigan. Compartir coche reduce el consumo agregado de combustible, por lo que cada viaje verificado genera un CAE que la empresa verificadora vende a las comercializadoras y traslada parcialmente al conductor.
Requisitos
- Mayoría de edad y DNI o NIE en vigor.
- Vehículo turismo matriculado en España: cualquier diésel, gasolina, híbrido o eléctrico, sin importar antigüedad. También sirve coche de empresa o renting.
- Trayecto fijo casa-trabajo o casa-centro de estudios, mínimo 2-3 días por semana.
- Trayecto dentro de la misma provincia.
- Al menos un pasajero verificado por viaje.
- No requiere alta de autónomo dentro del límite anual de 1.000 €.
Cuantía
El importe se calcula multiplicando los kilómetros del trayecto por el número de pasajeros y por la tarifa unitaria. Asumiendo 22 días laborables al mes:
| Trayecto (ida + vuelta) | Pasajeros | €/mes | €/año |
|---|---|---|---|
| 10 km | 1 | 8,80 | 105,60 |
| 20 km | 1 | 17,60 | 211,20 |
| 30 km | 2 | 52,80 | 633,60 |
| 40 km | 3 | tope | 1.000 |
| 50 km | 2 | tope | 1.000 |
El programa CAE corta la subvención al alcanzar el tope de 1.000 €/año por conductor. La mayoría de conductores con commuting urbano se mueven entre 100 € y 700 € anuales. Lo cobrado se incluye en la casilla F1 [0301] del IRPF como ganancia patrimonial en base general.
Cómo solicitar
La activación se realiza dentro de la app verificadora (Tribbu o Mube). Pasos generales:
- Descargar la aplicación e instalar en el smartphone.
- Verificar la identidad con DNI o NIE y registrar la matrícula del vehículo.
- Publicar el trayecto recurrente (origen, destino, días, horario).
- Aceptar pasajero verificado dentro de la app.
- Confirmar cada viaje completado.
- Cobro mediante transferencia bancaria al alcanzar el umbral mínimo (típicamente 10–20 €).
Compatibilidad con otras ayudas
El Bono Energético es compatible con el Bono Social Eléctrico, el Bono Social Térmico, las ayudas autonómicas de movilidad y el Plan Auto 2030. Es incompatible percibir el bono por el mismo viaje en dos apps simultáneas.
Diferencias con CicloBono
A diferencia del CicloBono de Ciclogreen, que es una recompensa privada abonada en tarjetas regalo, el Bono Energético es una ayuda pública abonada por transferencia bancaria que tributa en IRPF como ganancia patrimonial en la base general (casilla F1 [0301], art. 33 LIRPF).
Véase también
Referencias
- MITECO · Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)
- Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, por el que se transponen las directivas europeas de eficiencia energética